¿Para quién va dirigido?
El PPER, es un patrón profesional que procede de la rama de la náutica deportiva, pudiendo ejercer de forma profesional las funciones de patrón/Capitán en barcos de listas 6º y 7º.
Atribuciones
- Gobierno de embarcaciones matriculadas en lista sexta o séptima.
- Transporte de un máximos de 12 personas (incluida la tripulación)
- Embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 24 metros,
- Distancia que van a lo largo de la costa española y dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 60 millas paralela a la misma.
Condiciones
- Estar en posesión del título de Capitán de Yate.
- Haber cumplido 20 años de edad.
- Realizar un reconocimiento médico efectuado por el Instituto Social de la Marina.
- Aportar una declaración responsable en la que se acredite con indicación del nombre del buque y su matrícula haber navegado, al menos 50 días y 2.500 millas, incluyendo por lo menos cinco travesías de más de 60 millas, medidas a lo largo de la ruta navegable más corta de un puerto de zarpada a uno de destino, ejerciendo como patrón durante la travesía; esta singladura deberá ser de altura y de una duración mínima de 48 horas.
Estar en posesión de los certificados de especialidad:
- Formación Básica en Seguridad.
- Operador general o restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima. GMDSS..
- Formación Sanitaria Específica Inicial.
– Superar un examen tipo test, programado por Dirección General de la Marina Mercante en Madrid.
– Obtener la Libreta de Inscripción (Marítima).
Salidas Laborales
- Ejercer el mando como Patrón o Capitán en yates hasta 24 m. al servicio de un armador, estando en nómina y de alta en la S.S.
- Gobernar embarcaciones para una compañía de alquiler de barcos (charter) con un contrato de trabajo.
- Trasladar embarcaciones de recreo, por el litoral español, hasta 60 millas de la costa..
- Estar en nómina para una empresa de compra-venta de embarcaciones, realizando las funciones de traslado en barcos, demostraciones para los posibles clientes, pruebas de mar al finalizar reparaciones, etc…
- Ser patrón de lanchas, semirrígidas y demás embarcaciones de playa, como esquí náutico, paracaídas, motos acuáticas, etc…
- Ejercer de patrón para un centro de buceo, trasladando a los alumnos al lugar de la inmersión.
- Hacer la función de instructor en una Escuela Náutica autorizada, para los títulos de “Titulín”, Patrón de Navegación Básica, y (P.E.R.) Patrón de Embarcaciones de Recreo, constando legalmente como empleado.
- Astilleros de barcos de recreo.
- Varaderos de reparación de embarcaciones.
- Clubs Náuticos y Marinas.
- Parques Nacionales y Parques Naturales.
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